ENLACES SOBRE SIGLOS Y SIGLOS DE ESCLAVITUD
La Biblia. El Antiguo Testamento y la esclavitud
Se copian fragmentos en los que se describe como Dios (Yahvé o Jehová) da a Moisés en el Monte Sinaí, a continuación de los Diez Mandamientos, las Leyes que regulan la Esclavitud. Los esclavos hebreos han de ser liberados el séptimo año o el año del jubileo, los extranjeros no. Además le recomienda que se prefiera tomar como esclavos a los extranjeros.
La Biblia. El Nuevo Testamento y la esclavitud
Desaparecen los mandatos bíblicos de liberar a los esclavos el año del jubileo o al séptimo año o si el dueño les infligía ciertas mutilaciones. Algunos de estos mandatos hubiesen chocado profundamente con la naturaleza de la esclavitud romana.
En los Evangelios no se dan normas de trato o de liberación de los esclavos, explícitas y especiales, como las que se dan en el Antiguo Testamento.
Si bien en los cuatro Evangelios (de la Biblia de Jerusalén) aparecen unas siete veces la palabra esclavo y setenta y una la palabra siervo (que puede asimilarsele), el sentido del texto en donde figuran o es una incitación a ser "esclavos del Señor" o de los demás hombres; o se refiere a siervos que son personajes de una parábola o de una narración con una enseñanza moral no centrada en la esclavitud. Es preciso leer la Epístola de San Pedro o las Epístolas de San Pablo para encontrar un posicionamiento claro sobre la esclavitud.
En este enlace pueden leerse fragmentos de las Epístolas de San Pablo en los que tras aconsejar sobre las relaciones del cabeza de familia con la esposa y los hijos, se abordan con cierta analogía las del dueño y el esclavo, estableciendo que los esclavos tienen que trabajar y obedecer al amo "como siervos de Christo, que hacen de corazón la voluntad de Dios que los ha puesto en tal estado"; y el amo ha de tratarlos bien por ser iguales a él ante Dios.
El Corán y los esclavos
Los fragmentos seleccionados ilustran que el Corán admite la esclavitud, pero considera muy meritorio liberar un esclavo para seguir el camino del bien y alcanzar el paraíso, o para expiar un pecado.
También los griegos "inventaron" el abolicionismo: Aristóteles. Política. Libro primero.
Es esto lo que se deduce leyendo como Aristóteles razona contra argumentos antiesclavistas que circulaban en Grecia. Aristóteles defiende la "esclavitud natural" basada en que por su naturaleza y habilidades, unos sean esclavos; y otros sean amos. Solo así, estos últimos pueden dedicarse a la política y a la filosofía. No considera tan evidente la defensa de la "esclavitud por ley" que se aplica a los prisioneros de guerra, ya que si bien el que vence en la guerra -según él- es porque posee alguna virtud que le hace destacar, también puede ocurrir que la causa de la guerra sea injusta.
Considera que si se pudiera ordenar a los instrumentos el trabajar solos, no serían necesarios los esclavos.
El igualitarismo estoico, Séneca y la dignidad de los esclavos.
Del panteísmo materialista estoico se deriva una idea de igualdad de todos los hombres.
Al reflexionar sobre los esclavos, en las ideas de Lucio Anneo Séneca coexisten el concepto de Libertad íntima de los Estoicos y el concepto "corriente" de Libertad derivado de su defensa de la dignidad e igualdad humana. Llama a los esclavos "hombres", "compañeros de hogar", "amigos humildes" y sentencia: "Vive con tu inferior del mismo modo que quisieses que viviese contigo tu superior".
El derecho romano y la esclavitud.
Se citan artículos de la recopilación del Derecho Romano vigente que realizó el Emperador Justiniano. Ilustran sobre el trato que se daba a los esclavos durante el imperio Romano y su continuador el imperio Bizantino.
Las leyes no fueron algo constante y tuvieron algunos cambios a lo largo de los siglos. Así, el emperador Antonino "Pio" (86-161 d.c.), aconsejado por grandes jurisconsultos estoicos mejoró la suerte de los esclavos y al considerar homicida al dueño que daba muerte a uno de sus esclavos y someterle a juicio público, concedió por primera vez, personalidad jurídica a los esclavos.
Entre los artículos seleccionados, se incluyen principios y definiciones iniciales básicas y algunos derivados de la declaración del Cristianismo como religión oficial y la consecuente represión de los herejes, paganos y no creyentes. En principio, a estos se les limita o se les niega el derecho a poseer esclavos, por ejemplo, se condena al dueño que circuncide a un esclavo cristiano.
También se citan leyes sobre el matrimonio en las que se considera que el desposar a un liberto al que se le anulase posteriormente la libertad es causa de divorcio, y causa de anulación del matrimonio el desposar a una esclava sin saber que lo es.
España Visigoda: Los esclavos en la legislación del Fuero Juzgo (ley que unificó las de godos e hispanorromanos).
La España romana con cuatro millones de habitantes fue invadida el año 409 por 25.000 suevos que tendían a aliarse con los esclavos agrícolas y los colonos ligados a la tierra rebelados (los bagaudas). En el año 416 la invadieron unos 100.000 visigodos quienes tras pactar con los grandes propietarios hispano romanos y con la Iglesia vencieron a los suevos el año 455, a los campesinos rebelados y se reservaron 2/3 de las tierras y 1/3 de los esclavos.
Casi la mitad de las leyes del Fuero Juzgo se refieren a los esclavos, y en ellas queda muy claro que legislan también la llamada esclavitud "personal". Estos esclavos no han de confundirse con los antiguos colonos romanos atados a la tierra, ni con los pequeños campesinos libres que se entregaban al Patronato de un poderoso, relación de pérdida de libertad que se multiplicó al final del Imperio Romano y que con los años, al hacerse permanente, acabó creando siervos atados a la tierra.
España Visigoda: Los Concilios de Toledo sobre los esclavos de la Iglesia; y sobre la esclavitud y los judíos.
Con el paso de los años se restringió la concesión de la libertad a los esclavos de la Iglesia, se controlaron las obligaciones de los libertos y se endureció el trato a los judíos, que de ver forzada su conversión en el Concilio XII (canon IX) y sucesivos, pasaron a ser convertidos todos en esclavos en el Concilio XVII (año 694).
A partir de la conversión al catolicismo de los godos y el clero arriano, los Concilios de Toledo además de su carácter eclesiástico adquirieron carácter legislativo, pues a ellos asistía el rey con nobles y consejeros. El rey podía incluso dictar edictos al final del concilio que reforzaban los acuerdos tomados.
Siglo XIII: El esclavo en las leyes de la España Medieval.
Citas del Código de las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio;
y de los Usos y Consulado del Mar de Cataluña.
Siglos XIV y XV: Artistas esclavos del gótico catalán.
En los siglos XIV y XV los esclavos son muchísimo más numerosos que en el siglo XIII. Se vive en una sociedad plenamente esclavista.
Aquí se citan las historias personales de dos artistas, Lluc Borrassà y Jordi de Déu.
El pintor Lluc Borrassà fue un esclavo tártaro, comprado por el famoso pintor Lluis Borrassà.
El escultor nacido en Mesina, de origen griego, Jordi de Déu -cuyo nombre cambió por el de Jordi Joan cuando alcanzó la libertad- fue comprado como esclavo por el célebre escultor Jaume Cascalls.
Con la biografía de estos dos esclavos artistas se quiere transmitir una idea que también nos transmite Hugh Thomas en su obra “La Trata de esclavos”, y es que la introducción de la esclavitud en América fue algo coherente con lo que ocurría en la península.
Hugh Thomas ilustra sobre la normalidad de la posesión de esclavos cuando cita la conquista de Canarias o la de cada ciudad del reino de Granada. En ambas contiendas, se hacían esclavos en tal cantidad que los Reyes Católicos podían mostrar su generosidad a los reyes de Europa, regalando ya sea un caudillo guanche al Dux de Venecia o tras conquistar la ciudad de Málaga obsequiar al Papa con cien esclavos, cincuenta a la reina de Nápoles y treinta a la de Portugal.
Siglos XV y XVI: Los seguros de vida de esclavos en Barcelona (1453-1523)
Este es el título de una publicación del historiador y crítico de arte José María Madurell i Marimón (1893-1983) que ilustra de nuevo sobre la "normalidad" de la esclavitud en España, en los años anteriores y posteriores al Descubrimiento de América.
Como muestra de su contenido se ha trascrito (y traducido) uno de los 43 seguros de vida que contiene: el de una esclava rusa encinta, asegurada hasta después del parto (hay otros 12 que cubren el mismo riesgo). En conjunto, en la publicación se analizan los seguros de vida de: 11 rusos, 7 tártaros, 5 circasianos, 2 turcos, 2 árabes, 3 sarracenos, 4 moros, 1 berberisco, 1 guineano, más 17 de los que no consta la nacionalidad, 11 de los cuales son negros. A ellos habría que sumar los de dos seguros colectivos que no detallan la procedencia.
El contenido de la publicación es más amplio, pues recoge contratos en los que se utilizan a los esclavos como objetos de prenda o hipoteca, alquiler, donación, permuta, restitución y testamento. También hace comparaciones con el resto de España, así contrasta el fracaso económico (las primas no cubrieron los desembolsos) del seguro obligatorio de huidas de esclavos instituido por la Generalitat de Cataluña; con el éxito en Valencia de un consorcio privado que creó un seguro voluntario para cubrir los daños del esclavo al dueño y a terceros.
Siglo XVII: El pintor Juan de Pareja, esclavo del pintor Velázquez.
En la enciclopedia Espasa Calpe se da una breve biografía del pintor Juan de Pareja y se describe el ardid al que recurrió para no ser censurado por haber aprendido a escondidas de su dueño el oficio de pintor y lograr ser autorizado a pintar.
Llegó a ser uno de los discípulos más aventajados de Velázquez. Críticos y estudiosos le han atribuido cuadros que figuran en los museos como obras de Velázquez.
LA RUPTURA CON LA ESCLAVITUD
Siglo XVIII "de las luces": pensadores ilustrados y revolucionarios (Montesquieu, Rousseau, Diderot, Condorcet, Abate Gregoire, Robespierre, Dupont de Nemours) contra la esclavitud.
El Siglo de las Luces hace honor a su nombre en lo que se refiere a la Abolición de la Esclavitud. Antes de este siglo, los abolicionistas fueron voces aisladas que no lograron incidir en la sociedad. En el siglo XVIII, especialmente en Francia, los pensadores ilustrados -los llamados filósofos- constituyeron unos poderosos formadores de opinión con sus escritos y obras sistemáticas como la Enciclopedia. Muchos de ellos se manifestaron, en una u otra forma, en contra de la esclavitud.
Desencadenaron un movimiento liberador del hombre que inspiró intelectualmente la Revolución Francesa que rompió opresiones milenarias y que en 1794 abolió la esclavitud.
Dieron la base ideológica a las sociedades laicas, tolerantes, con libertad política, igualdad civil y reconocedoras de los derechos del hombre, aun cuando fuesen menores de los que hoy en día se consideran justos.
Siglo XVIII: Cronología de la Revolución Francesa y la Abolición de la esclavitud.
Lo que pasó en Francia en los cinco primeros años de la Revolución (de 1789 a 1794) tiene puntos de coincidencia con lo que pasó en más de sesenta años en España (de 1808 a 1872). La Abolición de la esclavitud en las colonias tuvo que esperar a que en la Revolución Francesa se consiguiese conquistar el sufragio universal (masculino), en lugar del censitario que solo permitía votar a los ricos, y que alcanzase el poder Robespierre.
Algo parecido sucedió en España. Tras una larga lucha (con cuatro guerras civiles), fue con "la Gloriosa", la revolución de 1968 que destronó a Isabel II y en la que se conquistó el sufragio universal, que se abrió el camino para que con grandes tensiones se aprobasen durante el reinado de Amadeo I de Saboya y la Primera República, las primeras leyes abolicionistas.
Por este motivo se detallan en este enlace de forma cronológica las fases por las que pasó la Revolución Francesa hasta abolir la esclavitud en las colonias.
EL GRAN CHOQUE ENTRE ABOLICIONISTAS Y ESCLAVISTAS EN ESPAÑA
Siglo XIX: Duro choque entre españoles por la abolición de la esclavitud: Liga Nacional contra Sociedad Abolicionista Española.
En el siglo XIX, en España, se produjo un gran enfrentamiento social como consecuencia de las medidas en favor de la abolición de la esclavitud. Ocurrió después de la Revolución de 1868, "La Gloriosa", durante el reinado de Amadeo I de Saboya, al discutirse la ley sobre la abolición de la esclavitud en Puerto Rico, que posteriormente sería aprobada durante la Primera República.
La feroz oposición a esta ley provocó la aparición en varias ciudades españolas de "Ligas Nacionales" (denominadas así para, a su entender, destacar el carácter antipatriota de los abolicionistas). Estas ligas agrupaban a destacados hombres de negocios, intelectuales, catedráticos, altos eclesiásticos y hasta directores de periódicos. Esta guerra de propaganda antiabolicionista provocó plantes de la nobleza contra el Rey, adhesiones de decenas de directores de periódicos, manifestaciones callejeras, etc. Tal crispación se explica porque se interpretaba que la liberación de los 31.000 esclavos portorriqueños era sólo el preámbulo de la liberación de los 400.000 (o 600.000, según se afirmaba en ciertos círculos) esclavos cubanos.
A su vez el bloque abolicionista se agrupaba principalmente en torno a los demócratas radicales y los republicanos, federales o no federales. Los grupos obreros, liderados por los dirigentes anarcosindicalistas, adoptaron algunas veces, posturas en cierto modo inhibitorias, puesto que consideraban que no existía una gran diferencia entre la esclavitud personal y la esclavitud del salario.
ENLACES SOBRE EL CONTEXTO HISTÓRICO DEL SIGLO DE LA ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD EN ESPAÑA
En la práctica la esclavitud en la España metropolitana desapareció cuando en 1766 un embajador del sultán de Marruecos compró la libertad de los esclavos mususlmanes de Barcelona, Sevilla y Cádiz. La abolición legal -que excluía a los territorios de ultramar- tuvo que esperar a 1837.
Cronología del siglo XIX en España. El siglo de la Abolición... y la Revolución.
El título se inspira en las palabras que siguen a continuación, pronunciadas en 1870 por Emilio Castelar en las Cortes, cuando la esclavitud -legal en España- ya había sido abolida en casi todos los países de Europa y América: "Diecinueve siglos de cristianismo... y todavía existen esclavos. Y solo existen en los pueblos católicos; solo existen en Brasil y en España. Se más: se que apenas llevamos un siglo de revolución y no hay esclavos en los pueblos revolucionarios."
Este siglo ha sido crucial para los derechos del hombre. Han coincidido y se han enfrentado ideologías tan distantes como esclavismo en los territorios de ultramar y abolicionismo; absolutismo, liberalismo, marxismo y anarquismo; mantenimiento de la inquisición, libertad de cultos y ateísmo; permanencia en Europa de las leyes del derecho feudal, de sometimiento del vasallo al señor y abolición de las mismas; creación de las primeras asociaciones obreras y penas de muerte a los primeros dirigentes obreros.
Los diputados abolicionistas fracasan en la Constitución de 1812
Las Cortes de Cádiz, las primeras cortes constituyentes españolas, eran moderadas y rechazaron las propuestas en favor de la abolición de la esclavitud. No es de extrañar esta reacción, pues en la misma Francia revolucionaria para abolir la esclavitud hubieron de transcurrir casi cinco años, desde el inicio de la Revolución a 1794.
En la Constitución aprobada el 19 de marzo de 1812, si bien se igualaba en derechos a quienes vivían en la metrópoli o en los territorios ultramarinos, no se liberaba a los esclavos, ni siquiera se concedía la igualdad de derechos a los españoles libres de origen africano, al distinguir entre ser españoles y ser ciudadanos españoles con plenitud de derechos.
A pesar de estos resultados, en estas Cortes hubo diputados abolicionistas como Isidoro de Antillón, José Miguel Guridi Alcocer, Agustín Argüelles y posteriormente Félix Varela.
España entre 1833 y la Revolución de 1868: Lucha por la Democracia y la Abolición
Más de cincuenta años tardó España en recorrer parcialmente el proceso que una revolución triunfante como la francesa, recorrió entre 1789 y 1792. En estos tres años, en Francia se pasó de una Asamblea Nacional liderada por liberales que solo reconocían el derecho de voto a quienes tenían cierto nivel de riqueza y no aceptaban ni siquiera la igualdad de derechos de los libertos en las colonias, a una Convención liderada por los jacobinos que introdujo el sufragio universal (masculino) y la abolición de la esclavitud en las colonias en 1794, bajo el gobierno de Robespierre.
En España, una vez masacrados los partidarios de la moderada Constitución de 1812, elaborada por las Cortes de Cádiz, se inició un lento proceso de conquista de la libertad que pasó por cuatro guerras civiles y que tuvo que esperar a la Revolución de 1868 y a la Primera República española para ver el efímero triunfo de los valores revolucionarios equivalentes a los que defendieron los jacobinos durante la revolución francesa. Curiosamente en España los "extremistas" que encarnaban su defensa eran "los federales" que, en cuanto a la articulación del estado, se situaban en las antípodas del no muy justamente llamado "jacobinismo francés".
Reseñas Biográficas de abolicionistas y su contexto histórico.
En este documento se consignan las reseñas biográficas de distintas personalidades del "siglo de la abolición" que combatieron a favor de la desaparición de la esclavitud en España, enmarcadas cada una de ellas con un breve relato de su contexto histórico.
FORMAS MODERNAS DE ESCLAVITUD Y SIGLO XIX EN CUBA.
En Cuba, en el siglo XIX, habían surgido los ingenios azucareros ligados a un primer mercado capitalista mundial globalizado.
La burguesía esclavista cubana tenía que competir con la obtención de azucar a partir de la remolacha y no podía recurrir, como el fabricante inglés, a un ejercito de reserva de trabajadores en paro, ya que los emigrantes que llegaban a la isla hallaban en ella mejores oportunidades que el cortar caña. Por ello recurrió masivamente a la "compra de trabajadores", a los que se agotaba en largas jornadas de trabajo -como ocurría con los obreros industriales- al mismo tiempo que se utilizaban máquinas de vapor y se introducía el ferrocarril once años antes que en la España metropolitana.
Es por estos motivos que la esclavitud en Cuba durante el siglo XIX, puede verse como uno de los últimos vestigios de la esclavitud o considerarse como un antecedente de las formas modernas de esclavitud que se integran en el actual mercado global internacional, si no se lo impide la acción política en favor de los derechos humanos.
ADHESIONES en el año 2000 a la conmemoración del 120 aniversario de la ley que tras un periodo de seis años abolió la esclavitud en España.
Las tres entidades adheridas a esta iniciativa del Centre d'Estudis, Debats i Tertúlies son:
La AMICAL DE MAUTHAUSEN
La ASOCIACION CATALANA DE EXPRESOS POLITICOS
La ASOCIACION PRODERECHOS HUMANOS DE ESPAÑA (APDHE)
Con el soporte del
del
ACTOS DE LA CONMEMORACIÓN.
Lunes 4 de octubre de 1999
Inauguración del curso 1990-2000 y primer acto conmemorativo
LA CULTURA AFROCUBANA
Con Javier Laviña, profesor titular de Historia de América
Universidad de Barcelona
Lunes 31 de enero del 2000
LAS RAZONES DE LA ABOLICIÓN
Con Josep Maria Fradera, catedrático de Historia
Universidad Pompeu Fabra
Lunes 14 de febrero del 2000
LA HERENCIA ESCLAVISTA EN LA CULTURA ANTILLANA: BAILE, ETIQUETA Y ESTRATIFICACIÓN
Con Ángel G. Quintero Rivera, catedrático
Centro de Investigaciones Sociales
Universidad de Puerto Rico
Lunes 20 de marzo del 2000
UNO DE LOS ROSTROS DE LA RESISTENCIA A LA ESCLAVITUD: LAS SOCIEDADES "CIMARRONAS"
Con Miquel Izard, profesor titular de Historia de América
Universidad de Barcelona
Lunes 3 de abril del 2000
RACISMO Y SEXUALIDAD EN LA CUBA COLONIAL
Con Verena Stolcke, catedrática de Antropología social
Universidad Autónoma de Barcelona
Lunes 5 de junio del 2000
LAS FUERZAS POLÍTICAS DE FINES DEL SIGLO XIX Y LA ABOLICIÓN
Con Jordi Maluquer, catedrático de Historia económica
Universidad Autónoma de Barcelona